PREGUNTAS FRECUENTES

PREGUNTAS FRECUENTES

Accidentes de Tránsito

1. ¿Qué debo hacer inmediatamente después de un accidente de tránsito?

Lo más importante es recibir atención médica si hubo lesiones, reunir toda la documentación posible (seguro, cédula, DNI del tercero y fotos del accidente) y realizar la denuncia a tu aseguradora dentro del plazo correspondiente.

2. ¿Puedo reclamar aunque yo no tenga el seguro al día?

Sí. En muchos casos es posible reclamar igualmente, siempre que la responsabilidad del accidente corresponda al otro conductor.

3. ¿Qué documentación necesito para iniciar un reclamo?

Fotos del accidente, datos del otro vehículo y su seguro, DNI y cédula del tercero, certificados médicos si hubo lesiones y, en caso de daños materiales, presupuesto de reparación del vehículo.

4. ¿Todos los accidentes permiten hacer un reclamo?

No. Cada caso se analiza de forma particular. Se evalúa cómo ocurrió el accidente, quién tenía la prioridad de paso y otros factores para determinar si el reclamo es viable.

5. ¿Qué pasa si la aseguradora ofrece una indemnización muy baja o no responde?

Si no se llega a un acuerdo en la etapa administrativa, es posible iniciar un reclamo judicial para buscar la indemnización que corresponda.

6. ¿Qué hago si el otro conductor se fue del lugar y no tengo sus datos?

Es importante reunir toda la evidencia posible (testigos, fotos, cámaras de seguridad de la zona) y hacer la denuncia policial. Con esos datos evaluamos si es posible identificar al responsable o reclamar por otras vías.

7. ¿Puedo reclamar si el accidente fue como peatón o en bicicleta?

Sí. Si te atropellaron cruzando correctamente, o si te chocaron yendo en bicicleta, podés reclamar los daños físicos, materiales y morales ante la aseguradora del vehículo responsable.

8. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar antes de que prescriba?

El plazo general para reclamar por daños derivados de un accidente de tránsito es de tres años desde la fecha del hecho, aunque puede variar según las circunstancias del caso.

9. ¿Cuánto tarda en resolverse un reclamo por accidente de tránsito?

Depende de la complejidad del caso y de si se resuelve en la etapa administrativa (negociación directa con la aseguradora) o si es necesario avanzar a instancia judicial. Priorizamos la vía administrativa cuando es posible, para acortar los tiempos.

Accidentes laborales (ART)

1. ¿Cuándo puedo iniciar un reclamo por un accidente laboral?

Podés iniciar un reclamo si sufriste un accidente mientras trabajabas, yendo a tu trabajo o regresando a tu domicilio (accidente in itinere).

2. ¿Qué debo hacer después de un accidente laboral?

Lo primero es denunciar el accidente a la ART (o que lo haga tu empleador), recibir la atención médica correspondiente y, cuanto antes, contactarte con un abogado para hacer el seguimiento de tu caso.

3. ¿Qué pasa cuando la ART me da el alta médica?

Una vez otorgada el alta, se evalúa si el accidente dejó una incapacidad permanente. Si corresponde, se inicia el trámite ante la Comisión Médica para reclamar la indemnización.

4. ¿Qué sucede si la Comisión Médica dice que no tengo incapacidad?

Esa decisión puede revisarse. Es posible iniciar un reclamo judicial para que un juez analice nuevamente el caso.

5. ¿El estudio puede ayudarme mientras estoy en tratamiento con la ART?

Sí. Además de gestionar el reclamo indemnizatorio, el estudio acompaña al trabajador durante todo el proceso y puede intervenir cuando la ART incumple con prestaciones, tratamientos, traslados o cualquier otra obligación.

6. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamarle a la ART antes de que prescriba?

El plazo general de prescripción es de dos años desde el hecho o desde que se determinó la incapacidad. Conviene no dejar pasar el tiempo para no perder el derecho al reclamo.

7. Tuve un accidente en la obra donde trabajo en la construcción, ¿tienen experiencia con la ART de UOCRA?

Sí. Trabajamos reclamos de trabajadores de la construcción ante la ART correspondiente, incluyendo los casos vinculados a UOCRA.

Sobre Guardián Legal

1. ¿Guardián Legal cobra algo por adelantado?

No. La consulta inicial es gratuita y no se cobra ningún anticipo; los honorarios se cobran únicamente cuando el cliente obtiene la indemnización correspondiente.

2. ¿Atienden casos en el conurbano bonaerense?

Sí. Además de la sede en CABA, contamos con oficinas en Ezeiza, Morón, La Ferrere, Monte Grande y Mar del Plata.

3. ¿Un mismo abogado lleva mi caso o me derivan a distintos profesionales?

Contás con seguimiento personalizado durante todo el proceso, con comunicación directa y ágil por distintos medios para que siempre sepas en qué etapa está tu caso.

4. ¿Qué opinan los clientes que ya reclamaron con Guardián Legal?

Podés ver reseñas y calificaciones de clientes reales en nuestro perfil de Legaltica.